Las novedades que no trae el nuevo Código del Trabajo
Hace dos semanas el Ministerio de Trabajo publicó mediante una resolución el anteproyecto del nuevo Código del Trabajo. En ella se anunció también un plazo de 20 días para que los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, hagan llegar sus sugerencias, comentarios o recomendaciones. Estamos dentro de tal periodo, pero no hemos visto mucha discusión sobre el tema. El debate sobre el cambio de constitución y la ineptitud de nuestros gobernantes ha acaparado la atención.
Dentro de las múltiples razones por las que el trabajo es importante en nuestra sociedad, subrayo dos. Primero: la manera de convertir bonanza macroeconómica en bienestar para los hogares es a través del trabajo. Así, el mercado de trabajo funciona como una faja de transmisión entre lo macro y lo micro. Segundo: para mayoría de hogares del país, el trabajo es la principal herramienta para generar ingresos. Algunos pocos hogares consiguen pagar sus cuentas con ingresos por rentas o transferencias, pero la mayoría lo hace con recursos que se generan trabajando.
Siendo así de importante el trabajo, no hemos prestado suficiente atención al buen funcionamiento de su mercado. Si solo uno de cada cuatro trabajadores tiene un empleo formal, o uno de cada dos trabajadores percibe ingresos mensuales por debajo de una remuneración mínima vital, algo esta funcionado mal para las mayorías.
Durante décadas esto se ha tratado de resolver poniendo parches, es decir, resolviendo los problemas particulares de las relaciones laborales con leyes, decretos supremos y resoluciones ministeriales del MINTRA, del MIMP y de algunos otros ministerios. Así hemos ido acumulando normativa con desmesura hasta convertirnos en un caso de estudio acerca de cómo NO se deberían hacer las cosas. Por ejemplo, el Compendio de Normas Laborales del Régimen Privado, actualizado a setiembre de 2020, tiene 1.838 páginas. En él conviven normas del año 1963 sobre relaciones industriales, con otras del 2020 sobre seguros de vida o acoso.
Imagine a un microempresario que quiere cumplir con toda la normativa laboral vigente: tendría que dedicarle demasiado tiempo al tema, descuidando el núcleo de su negocio, o tendría que contratar a un estudio de abogados o contadores, aumentando sus costos. La informalidad también es resultado de la complejidad de la legislación.
Por ello, necesitamos con urgencia un Código del Trabajo que simplifique el cuadro barroco de nuestra legislación laboral vigente. Pero también requerimos cambios radicales en el funcionamiento del mercado de trabajo, pues necesitamos un mayor dinamismo en la generación de empleos y, aquí radica lo más profundo: de ello dependen muchos otros resultados, como el de las pensiones. Esto puede ser tan o más importante que el cambio a la actual Constitución en el que se están enfrascando nuestros políticos.
La propuesta que ha compartido el gobierno cumple con el objetivo simplificador –el código tiene menos de 200 páginas—, pero falla en el objetivo de cambiar radicalmente las reglas de juego. Tiene varias decenas de cambios, pero difícilmente alguno de ellos podría ser catalogado como radical. Entre esos cambios, se habla de la duración máxima de los contratos de plazo fijo, la definición de trabajo a tiempo parcial, los requisitos para el teletrabajo, la suspensión disciplinaria, la tercerización, las prácticas laborales, el personal de confianza, la conformación de los directorios, entre otros.
En general, y por obvias razones, las legislaciones laborales en el mundo tienden a proteger más al lado débil de la relación laboral: el trabajador. La legislación laboral peruana no ha sido una excepción en este sentido. Pero, además, en el nuevo código se trae de regreso una mención explícita a un principio que en algún momento desapareció de la normativa: Indubio Pro Operario. Es decir, que en caso de dudas, las decisiones deberán favorecer a los trabajadores.
En medio de tanta complejidad es difícil hacer estimaciones precisas de los impactos esperados del nuevo Código del Trabajo, pero me atrevo a adelantar que no serán muy grandes. Así como ocurrió con la normativa de reducción del IGV que se dio hace poco, aquí hay más ruido que nueces.
Estas son muy malas noticias, pues seguiremos con un mercado de trabajo que falla en distribuir bienestar a la población. La mejor manera de distribuir tal bienestar es con la creación de cada vez más empleos con mayor productividad de los que tenemos ahora, y esto es algo que la normativa no incentiva.
La mirada moderna de la legislación en el mundo apuesta por proteger a las personas y las familias, y no tanto a los empleos. Esto se logra, por ejemplo, apostando por pensiones y seguros de salud universales, en lugar de vincularlos a empleos formales. Es mejor pensar en ellos como derechos ciudadanos que como derechos laborales. De nada sirve darle estabilidad a los empleos de muy baja productividad. El dinamismo es mejor.
Ojalá nos movamos en esa dirección en un futuro no muy lejano. Pero para esto se requiere generar nuevos consensos.