Consulta regional, consecuencia local


La igualdad racial se pone en agenda y repercute en todos


No sé si se va a hacer costumbre compartir con usted, amable lector de Jugo de Caigua, hechos, fenómenos, incidentes o conocimientos curiosos que tal vez puedan parecerle interesantes en un mundo que necesita equidad.En un ambiente político que muchas veces nos rebasa, quizás sea un respiro ofrecer una especie de “¿sabía qué?” que a lo mejor, y por unos minutos, nos remueva de este espacio-tiempo tumultuoso en el que estamos viviendo.

Por ejemplo, actualmente me encuentro en Santiago de Chile participando de las actividades del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre afrodescendientes y la aplicación de la ley en el contexto de las fuerzas del orden. Quizás se pregunte por qué esto es relevante para usted. Bueno, le cuento: ¿Sabía que el 19 de junio de 2020, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas aprobó por consensola Resolución 43/1? En ella, el Consejo solicitó a laentonces Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos —Michelle Bachelet— elaborar un informe sobre el racismo sistémico y las violaciones del derecho internacional de los derechos humanos cometidas contra personas africanas y afrodescendientes en el mundo, con énfasis en el excesivo uso de la fuerza en protestas pacíficas contra el racismo. El contexto, como seguro intuye, fue el asesinato de George Floyd en mayo de ese mismo año y los múltiples reportes de uso excesivo de la fuerza policial contra quienes se manifestaron frente a ese y muchos otros hechos de violencia contra personas africanas y afrodescendientes, en diversos países del mundo; mucho más cerca de nosotros, en los Estados Unidos, Colombia y Brasil.

La Alta Comisionada lideró una serie de consultas que fueron recogidas en un informe que se presentó en julio de 2021 (A/HRC/47/53). En dicho informe, concluyó que existe la necesidad de “formular una agenda mundial transformadora en favor de la justicia e igualdad raciales”. Esta debería estar centrada en 4 puntos: (i) revertir las culturas de negación del racismo y empezar a desmantelar el racismo sistémico en la escala local, (ii) poner fin a la impunidad y subsanar el déficit de confianza en las instituciones de administración de justicia, (iii) escuchar las voces de los afrodescendientes individual y colectivamente organizados, y (iv) hacer frente al legado histórico de las naciones y adoptar medidas especiales relativas a justicia reparadora. En respuesta al referido informe, en julio del mismo año el Consejo de DerechosHumanos aprobó la Resolución 47/21, a través de la cual creó el Mecanismo Internacional de Expertos Independientes de las Naciones Unidas para Promover la Justicia Racial y la Igualdad en el Contexto de la Labor de las Fuerzas del Orden (EMLER). 

El mandato de este Mecanismo incluye la promoción de la justicia racial y la igualdad en la aplicación de la ley en todo el mundo, mediante visitas a países, la formulación de consultas a estados, personas, comunidades directamente afectadas y otros actores interesados, desde una perspectiva interseccional. Entre las tareas encargadas al Mecanismo se encuentran examinar las causasprofundas del racismo sistémico en las fuerzas del orden y el sistema de justicia penal, el uso excesivo de la fuerza, la elaboración de perfiles raciales y otras violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del orden contra personas africanas y afrodescendientes. También, formular recomendaciones para ajustar los regímenes jurídicos nacionales sobre el uso de la fuerza a las normas internacionales de los derechos humanos, así como respecto de las medidas concretas necesarias para el acceso a la justicia, rendición de cuentas—incluida la recopilación y publicación de datos sobre muertes y lesiones graves provocadas por fuerzas del orden, desglosados por identidad étnico-racial— y medidas de reparación. Finalmente, también contempla controlar la puesta en práctica de las recomendaciones formuladas por la Alta Comisionada en su último informe, en materia de erradicación de la impunidad por las infracciones cometidas por agentes de orden (Resolución 47/21).

En el caso de esta reunión en Chile, me tocará compartir nuestros avances normativos en la materia y nuestros grandes retrocesos. Sobre el decreto legislativo que establecía que las fuerzas policiales debían responder a los manifestantes –los ciudadanos tenemos derecho a la protesta– con criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También sobre la Ley de Protección Policial, que eliminó el requisito de proporcionalidad y que la exime de responsabilidad penal en el caso de la muerte o lesiones a causa de su respuesta, así como otras estadísticas sobre el elevado número de afrodescendientes privados de libertad frente al porcentaje que estos constituyen en la nación: el 11 % de la población carcelaria frente al 3.6 % de la población nacional.

Al final, estas pueden percibirse como conversaciones que se tienen tras puertas cerradas en grandes cumbres y pueden llevarnos a cuestionar: ¿por qué lo que decidan unos funcionarios desconocidos que se reúnen en el extranjero va a repercutir en mi hijo que crece en el Cercado de Lima o el Rímac? Hace unos días aprendimos que los excesos policiales de las protestas de noviembre de 2020 serán juzgados como violaciones de derechos humanos. Puede que creamos o no en el poder de las Naciones Unidas, pero, ¿sabía usted que después de estos hechos, el Alto Comisionado de Derechos Humanos de esta entidad envió una misión especial que concluyó, precisamente, que la fuerza policial “uso fuerza innecesaria y excesiva” y vulneró de diversas maneras los derechos de los manifestantes? 
Podemos no creer en el poder de las instancias internacionales, pero eso no quiere decir que no sean un actor geopolítico relevante para el destino de las decisiones que toman nuestras autoridades en el plano local; aquellas que afectan nuestras libertades personales y nuestras vidas. 


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